
12 de Marzo del 2026 Corte Constitucional ratifica autonomia de Cali para fijar tarifas de ICA
La Corte Constitucional falló a favor del Distrito Especial de Santiago de Cali en una acción de tutela instaurada por la administración local contra una sentencia previa del Consejo de Estado. La controversia jurídica se originó tras una demanda de Asobancaria contra un acuerdo del Concejo Distrital que ajustaba la tarifa del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) aplicada al sector financiero. El Consejo de Estado había anulado parcialmente dicho acuerdo bajo el argumento de que las ciudades capitales debían adoptar la misma tarifa vigente en Bogotá (14 por mil).
Con esta nueva decisión, el alto tribunal determinó que el Artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 no obliga a los entes territoriales a replicar la política fiscal de la capital del país. De esta manera, se reconoce la facultad de los distritos y municipios para establecer sus propias tarifas de ICA dentro del rango legal permitido, que oscila entre el 2 y el 30 por mil, atendiendo a las realidades económicas y necesidades fiscales de cada territorio.

Según información de la administración distrital, la interpretación anterior resultó en una disminución de ingresos cercanos a los 200 mil millones de pesos durante el año 2025. La directora del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública, Ana Catalina Castro, señaló que el fallo permite al Distrito gestionar sus finanzas de manera autónoma, asegurando recursos destinados a proyectos de infraestructura educativa, seguridad ciudadana y atención a población vulnerable.
El fallo de la Corte Constitucional sienta un precedente vinculante para las 32 ciudades capitales de Colombia. La decisión judicial refuerza el marco de descentralización administrativa y fiscal, permitiendo que las autoridades locales ejerzan su potestad tributaria conforme a las condiciones de sus respectivas jurisdicciones, sin estar supeditadas a las decisiones tarifarias tomadas por el Concejo de Bogotá.